La Agencia de Protección de Datos ha impuesto 300.000 euros de sanción a cada entidad.
Protección de Datos en España, ha sancionado a Whatsapp por comunicar datos a Facebook sin haber obtenido un consentimiento válido de los usuarios, y ha impuesto otra sanción del mismo importe a Facebook por tratar esos datos para sus propios fines sin consentimiento.
300.000 euros es la sanción a cada entidad, teniendo en cuenta factores como el volumen de tratamientos efectuados, el volumen de negocio de las infractoras o la vinculación de la actividad de estas con los tratamientos de datos de carácter personal, entre otros.
En el 2014, Whatsapp fue adquirida por Facebook, y en 2016, la primera actualizó los términos de su servicio y la política de privacidad, introduciendo cambios como el hecho de compartir información de los usuarios de Whatsapp con Facebook.
Esa comunicación de datos personales a Facebook, que no tiene relación con las finalidades determinadas en la recogida de datos original, se realizó “sin ofrecer a los usuarios una información adecuada y sin la opción de mostrar su negativa a las mismas.
En el caso de usuarios que ya tenían instalada la aplicación Whatsapp, la compañía sólo habilitó mecanismos para rechazar que la información cedida pudiera ser utilizada con fines publicitarios en Facebook, pero no con otros fines recogidos en la política de privacidad.
Además, estos usuarios tenían que aceptar los nuevos términos antes de un plazo concreto para seguir utilizando el servicio.