Decisión será revisada
El Instituto Nacional Electoral dejó sin efecto una propuesta para evitar que una persona se convirtiera en «chapulín» al brincar de un puesto de elección popular a otro cargo.
aprobó modificaciones estatutarias del Partido Revolucionario Institucional pero determinó considerar no apegado al canon constitucional y legal el artículo 212 en el cual se establecía la restricción para que un legislador que haya llegado por la vía plurinominal en un proceso no pueda ser postulado por la misma vía en el siguiente proceso electoral.
El dictamen aprobado deberá ser discutido en el Consejo General del INE.
La propuesta fue avalada por los consejeros Marco Antonio Baños y Benito Nacif para quienes la restricción establecida en el citado artículo pudiera constituir una violación al derecho a ser votado de un ciudadano.
Sin embargo, la consejera Pamela San Martín objetó la argumentación de sus colegas al considerar que existen otras disposiciones en los estatutos de los partidos en los cuales igualmente hay restricciones al derecho a ser votado.
Para la consejera, esto también caería en el mismo supuesto de restringir el dercho a ser votado por lo cual votó en contra. Asi, aunque el proyecto de acuerdo elaborado por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos avalaba en su totalidad la reforma estaturia, por 2 votos a 1, se determinó que no es constitucional.